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Actas CAP |
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A partir de esta semana se pueden encontrar publicadas en la web oficial de la CAP las actas relativas a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que se llevó a cabo en Tucumán el 16 de Diciembre del pasado año (bajar acta AGO >> y acta AGE >>), además de la relativa a la del Consejo Directivo del citado organismo, que se reunió por primera vez este año el pasado 23 de Marzo (bajar acta desde acá >>) De estas actas, nos permitimos dirigir la atención de los lectores a los siguientes puntos: |
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Asamblea Ordinaria |
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Orden del día, punto d): ... mocionando el Delegado de la Asociación de Patín (A.PRO.P.A.) que se por cumplida la sanción impuesta al Sr. Ricardo GRIN siendo apoyada esta moción por el Delegado de la Federación de Patín de Santiago del Estero Sr. Carlos Roberto RUIZ. El Delegado de la Federación de Patín de la Pcia. de Santa Fe Sr. Roberto A. RODRIGUEZ se abstiene de votar en este Punto. Consultado a los Sres. Delegados si hay alguna moción en contrario y no habiéndola, se aprueba por mayoría de los Delegados presentes con derecho a voz y voto el que se de por cumplida la sanción impuesta por el H. Consejo Directivo de la C.A.P. al Sr. Ricardo GRIN. |
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Asamblea Extraordinaria |
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● ARTÍCULO Nº 2º: Son propósitos y funciones de la Confederación Argentina de Patinaje : a) Reunir bajo una misma Dirección y Reglamentación únicas concordes con las directivas institucionales y deportivas respectivamente emanadas de la Confederación Argentina de Deportes, del Comité Olímpico Argentino, de la Federación Internacional de Roller Sports (F.I.R.S.), de la Confederación Panamericana de Roller Sports (C.P.R.S.), de la Confederación Sudamericana de Patín (C.S.P.), de la Federación Internacional de Patinaje Artístico y Carreras (I.S.U) y de la Federación Internacional de Hockey sobre Hielo (I.I.H.F.), a todas las Instituciones que practiquen el deporte del patín rueda y/ó hielo en sus distintas Ramas y en todo el territorio de la República Argentina.
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Siguen varios puntos mas relacionados con el patinaje sobre hielo... ¿Nadie informó al Comité Directivo sobre la existencia de UVEPA, reconocida por el Comité Olímpico Argentino, la Secretaria de Deportes de la Nación y por la Federación Internacional de Patinaje sobre hielo (ISU) en la Asamblea realizada en la ciudad de Budapest (Hungría) a principios del año pasado?
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● ARTICULO Nº 14º : Las AFILIADAS cesarán en su carácter de tales por Renuncia, Disolución, Suspensión y Expulsión. Las causas de Suspensión y/ó Expulsión no podrán ser otras que las siguientes: ... punto b): Conceder afiliación a entidades que fomenten el profesionalismo en el patínaje.
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¿Alguien podría explicarnos cuál es el problema que supone el fomento del profesionalismo en nuestro deporte?
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● ARTICULO Nº 20º : Sin el consentimiento previo y por escrito dado por el Consejo Directivo de la Confederación Argentina de Patinaje, está terminantemente prohibido a las entidades afiliadas: a) Mantener relaciones accidentales y relativas al patinaje sobre ruedas y/ó hielo, con entidades nacionales ó extranjeras afiliadas ó no a las Federaciones y/ó Confederaciones Internacionales. b) Mantener tales relaciones con: 1) Organismos nacionales, provinciales ó municipales de nuestro país ó del extranjero. 2) Entidades no afiliadas a la Confederación Argentina de Patinaje, ó afiliados a entidades no reconocidas por la C.A.P. 3) Entidades extranjeras, nacionales ó internacionales, conductoras ó representativas del patinaje sobre ruedas ó hielo. 4) Con el Comité Olímpico Argentino, con la Confederación Argentina de Deportes y la Secretaría de Deportes de la Nación
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¿O sea que la CAP pretende poner sus estatutos por encima del derecho inalienable (y constitucional) a la libertad de expresión?
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● ARTICULO Nº 22º : Queda prohibido a las entidades afiliadas, so pena de expulsión, lo hagan directamente ó por intermedio de sus afiliados: a) Fomentar el profesionalismo del patinaje. b) Explotar como negocio el patinaje, por sí o por terceros.
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Por una vez nos vamos a abstener de ironizar.
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CAPITULO VI - FORMA DE CONSTITUCIÓN - ATRIBUCIONES - DEBERES En la versión del documento descargable desde la web oficial, se pasa del ARTICULO Nº 28 al ARTICULO Nº 31.
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Los artículos faltantes, ¿son los relacionados con la propuesta de no-reelección del Sr. Martínez, declarada en Neuquén en noviembre de 2006 >>? Porque el argumento no se menciona en ninguna otra parte del documento.
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C A P I T U L O XII - D I S O L U C I O N - ARTICULO Nº 67º: Resuelta la disolución de la Confederación Argentina de Patinaje, la Asamblea asignará tres personas encargadas de cumplir con esta resolución. Pagadas las deudas de esta entidad el remanente de los bienes se destinara a la Cooperadora del Hospital de Niños Pedro de Elizalde de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Sin comentarios.
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ACTA Nº 01/2007 |
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0012/2006 – JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 10 – 06/12/06 : Requiere a la Confederación Argentina de Patín que informe a ese Tribunal el domicilio actual de Rafael Omar Saud como así también si el nombrado fue designado contador del Comité Organizador del Campeonato Mundial de Patín Carrera llevado a cabo en Mar del Plata en el año 1997 y en caso afirmativo remita a esos estrados fotocopias certificadas de tal designación. Se toma conocimiento y pasa al Asesor Letrado.
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0020/2007 – ASOCIACION REGIONAL DE PATIN DEL GRAN BS. AS. – 28/12/06 : Cursa nota en cual notifica que esa Asociación considera nulo de nulidad absoluta todo lo actuado y decidido en las Asambleas Ordinaria y Extraordinaria llevadas a cabo en la ciudad de Tucumán el 16/12/2006 por haberse otorgado incorrectamente a la llamada Federación Porteña de Patín el voto correspondiente a Capital y Gran Bs. As. , en detrimento y desconocimiento de la presencia de esa Asociación. Se toma conocimiento y pasa a Legales.
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0026/2007 – FISCALIA NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN Nº 3 – 05/02/07 : Requiere se le informe el nombre y demás datos personales del Presidente y Tesorero de la Confederación Argentina de Patín durante los años 1999 y 2000, debiendo especificar en caso de haber sido más de una persona las que ostentaron cada uno de esos cargos todos, sus datos filia torios y períodos en los que cumplieron esas funciones. Se toma conocimiento y pasa a Legales.
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0032/2007 – FEDERACION PORTEÑA DE PATIN - 07/03/07 : Requiere información y clarificación sobre los procedimientos a llevar a cabo en concentraciones de deportistas como así también el modo de selección de los mismos por la necesidad de garantizar a los deportistas de esa Federación reglas claras de antemano, para evitar suspicacias en la decisión final. Por tal motivo puntualizan distintos aspectos que consideran que deberían ser detallados y/ó fundamentados.
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0035/2007 – MINISTERIO PUBLICO DE LA NACION – Fiscalía Nacional en lo Criminal 14/03/07 : Con referencia a la causa Nº 9.520/96 caratulada “ Forneris. Livio Luciano Luis s/defraudación contra la administración público “libran distintas cédulas de trámite urgente a distintas autoridades y en su punto 5.- al Presidente de la Confederación Argentina de Patín para que informe detalladamente los conceptos en que fueran invertidos los subsidios que la Secretaría de Deportes le ha otorgado mediante los expedientes Nos. 1012/94 y 1013/94 a través Resolución Nº 536. Se toma conocimiento y pasa a Legales.
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0031/2007 – FEDERACION PORTEÑA DE PATIN – 07/03/07 : El H. Consejo trata el tema de la Resolución Nº 8 del H.C. D. de la C.A.P., la cual establece que en el lugar donde existan dos ó más Asociaciones deberán unirse formando una Federación. Con tal motivo se faculta a Secretaría para que comunique por medio fehaciente a cada una de ellas disponiendo un período improrrogable para tal fin. En consecuencia pasa a Secretaría para que por medio fehaciente comunique que se les otorga un plazo de sesenta (60) días para que se reúnan y fijen las bases para dar cumplimiento a las Resoluciones 7 y 8 las cuales fueron ratificadas por los Delegados de la Asamblea llevada a cabo en Tucumán en el mes de Diciembre de 2006.
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PRESIDENCIA: El Sr. Presidente pone en conocimiento del Consejo Directivo que dirigentes directamente relacionados a Federaciones afiliadas a la CAP se han dirigido en forma directa a la Secretaria de Deportes de la Nación, sin autorización del Consejo Directivo, para hacer saber al Secretario de Deportes, Lic. Claudio Morresi, del supuesto descontento de las Afiliadas con esta gestión, y en especial, con el Presidente de la CAP.
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Pregunta obligada: Ladran, Sancho?
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2º fecha torneo APROPA 07 APROPA: inicia campeonato '07
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